American Hypocrisy in Kosovo

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Tanto el portavoz del Departamento de Estado, P. J. Crowley, como su máximo asesor legal, el reputado jurista Harold Hongjiu Koh, no se han cansado de repetir hoy ante las insistentes preguntas de los periodistas extranjeros que la resolución del Tribunal Internacional de La Haya es específica sobre Kosovo, y que no es en absoluto extrapolable a otros casos.

Sin embargo, es difícil argumentar en qué es tan diferente el caso de Kosovo de, por ejemplo, los de Abjazia, o Osetia del Sur. Cuando el Tribunal interpreta de forma general que la integridad del Estado recogida en la Carta de la ONU hace referencia a posibles invasiones de otros Estados, y no a procesos de independencia internos, ¿se puede circunscribir la interpretación sólo a Kosovo?

Ya me perdonará el experimentadísimo Hongjiu Koh, pero su posición es, desde un punto de vista legal, de muy dudosa validez. ¿Desde cuándo las interpretaciones de las constituciones se circunscriben a casos concretos en un Estado de Derecho? Esto sería como si, tras interpretar en una sentencia el Tribunal Supremo de EEUU que la segunda enmienda de la Constitución garantiza el derecho a portar armas, la administración Obama nos hiciera creer que esa interpretación se debe restringir a ese caso concreto, ya que quizás en otro pleito, se puede interpretar de forma contraria, como un derecho de los estados a poseer una milicia.

Más allá de la propaganda de Crowley y Hongjiu, la realidad es que el posicionamiento de EEUU respecto a Kosovo se debe a consideraciones únicamente geopolíticas, y no legales, aunque así las venda al mundo entero. Allí dónde a Washington le conviene según sus intereses, reconoce las secesión de naciones sin Estado.

En cambio, en aquellos casos donde la independencia puede favorecer a algún adversario, como sucede con Abjazia o Osetia del Sur, patrocinadas por Rusia, se opone vehementemente. Claro está que esta hipocresía no se limita a EEUU, si no a la mayoría de Estados del mundo, cuya principal lógica de actuación es el interés nacional, muy por delante de la legislación internacional.

Por mucho que algunos se desgañiten indignados por la resolución, y otros la hayan acogido con un brindis, la verdad es que pocas cosas cambiarán a partir de ahora. El Tribunal tiene toda la razón al considerar que una declaración de independencia es una acto político, y por eso no puede vulnerar la legalidad.

Con este argumento, la Corte simplemente se limita a reconocer una realidad, y es que los procesos de independencia triunfan o fracasan en función de los intereses de los miembros más poderosos de la llamada comunidad internacional, y no en base al Derecho. Y por eso, ahí tenemos una Lituania con un asiento en la ONU y aceptada plenamente como Estado soberano, mientras a Taiwan apenas lo reconocen una veintena de pequeños Estados.

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